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Villa JUANICÓ (Canelones - Uruguay)

HISTÓRICO: SE FIRMÓ CONVENIO DEPORTIVO ENTRE INSTITUCIONALES LOCALES

En Villa Juanicó, primera Sección Judicial y Catastral del departamento de Canelones, a los dieciocho días del mes de abril de 2012, POR UNA PARTE: El CLUB CICLISTA JUANICÓ representado por su Presidente el Dr. Fernando Lúquez Cilintanto, secundado por la Secretaria de dicha Institución, Sra. Patricia Scasso, ambos con domicilio especial en calle Municipio de San Marcos S/N (Sede Social del Club C. Juanicó). POR OTRA PARTE: La Sub-Comisión de BABY FÚTBOL del CLUB A. JUANICÓ representada por su Presidente el Cr. Eduardo Rossi Delascio, secundado por la Secretaria de la misma, Sra. Claudia García, ambos con domicilio especial en Ruta 5 km. 38 y calle Bernardino Aída S/N (Complejo Deportivo del Club A. Juanicó), ACUERDAN celebrar el siguiente CONVENIO de INTEGRACIÓN DEPORTIVA:

PRIMERO: (OBJETO) El CLUB CICLISTA JUANICÓ ofrece las instalaciones del padrón 4570 rural al BABY FÚTBOL del CLUB A. JUANICÓ, en particular el espacio central del Velódromo “Omar Moizo” y anexos, con la finalidad de que los planteles del BABY FÚTBOL usufructúen dicho espacio deportivo como Cancha Alternativa o Campo de Deportes para las siguientes actividades:

A). Prácticas de fútbol u otros ejercicios atléticos, diurnas y/o nocturnas.

B). Partidos de fútbol oficiales y/o amistosos, en fechas a coordinar con otras instituciones usufructuarias del predio, con mejor derecho con anterioridad a la firma del presente convenio.

C). Organización de  eventos culturales, sociales u otros espectáculos de carácter deportivo, coordinando la o las fechas de su realización con las instituciones involucradas en el desarrollo de actividades en el predio propiedad del Club Ciclista Juanicó.

El BABY FÚTBOL del CLUB A. JUANICÓ se compromete a recibir las instalaciones en las condiciones en que se encuentran, sin alterar total o parcialmente, las mismas, sin previo consentimiento de la Comisión Directiva de la institución propietaria en acuerdo con el mutuario Aparcería “Renovación Gaucha”.

Asimismo el BABY FÚTBOL del CLUB A. JUANICÓ podrá usar, sin costo de alquiler (salvo los gastos de luz, limpieza y agua potable) las instalaciones de la Sala de Eventos del CLUB CICLISTA JUANICÓ, una vez al año.

El BABY FÚTBOL del CLUB A. JUANICÓ abonará los gastos de consumo de energía eléctrica del padrón 4570 rural, así como de la limpieza de los baños y/o cantina sí los usare.

 Se compromete además en colaborar, con las autoridades de la institución propietaria, en mantener el orden y las buenas costumbres en las actividades que se desarrollen.

SEGUNDO: (PLAZO) El plazo del presente Convenio será de dos años a partir de hoy, finalizando por lo tanto el 18 de abril de 2014.

TERCERO: (PRÓRROGA) El plazo de este convenio de se puede prorrogar automáticamente por 2 años más, es decir hasta el 18 de abril de 2016, finalizado el mismo se deberá celebrar un nuevo convenio.

CUARTO: (VIGENCIA) Este convenio se mantendrá vigente más allá de que los integrantes de las Comisiones Directivas, antes referidas, sean modificados total o parcialmente.

 QUINTO: (GESTIONES Y PROYECTOS DE MEJORA) Las partes integrantes de este Convenio, conjuntamente con la Aparcería Renovación Gaucha, procurarán la gestión de proyectos de mejora del predio y sus instalaciones, teniendo en cuenta su funcionalidad social, cultural y deportiva.

    Las partes declaran, y la Aparcería Renovación Gaucha suscribe, que las todas mejoras que alteren la estructura del predio, quedarán en beneficio de la propietaria, sin derecho a indemnización de ningún tipo por ellas.

    Las partes realizarán, conjuntamente, a través de sus autoridades estatutarias o comisión delegada que se constituya,  a sus efectos: trámites, gestiones y ejecución de proyectos de mejora del predio en su infraestructura general.

SEXTO: (SUSCRIPTOR AL CONVENIO) La Aparcería Renovación Gaucha, en su calidad de mutuario del convenio celebrado el 19 de noviembre de 2008 con el Club Ciclista Juanicó, para el desarrollo del Ruedo Gral. José Artigas, siendo representada en este acto por Presidente Sr. Washington Martínez y su Secretario Oscar Guido, ambos con domicilio especial en Camino Soca S/N – Las Violetas, suscriben el presente en señal de su conformidad.

SÉPTIMO: (AVAL DEL CLUB A. JUANICÓ) La Sub-Comisión Directiva del BABY FÚTBOL del CLUB A. JUANICÓ, extenderá por escrito en un plazo máximo de ocho días a partir del día de la fecha, el aval en conformidad de lo aquí acordado con el CLUB CICLISTA JUANICÓ, por los representantes legales del CLUB A. JUANICÓ, so pena de caducidad del presente.

 OCTAVO: (CLÁUSULA COMPROMISORA) Las partes se comprometen a gestionar, canalizar y procurar un acercamiento institucional entre los clubes deportivos históricos de Juanicó, a efectos de promover de forma cabal el PROYECTO DE DESARROLLO E INTEGRACIÓN DEPORTIVA entre los actuales Club Atlético Juanicó y Club Ciclista Juanicó, tendente a una necesaria fusión de las mencionadas personas jurídicas, en aras de la unidad y fortalecimiento deportivo, social y cultural de Juanicó.

NOVENO: (DOMICILIO) Las partes fijan como domicilios especiales a todos los efectos judiciales y extrajudiciales a que pudiera dar lugar el presente convenio a los indicados como suyos en la comparecencia y reconocen la validez del Telegrama Colacionado para todo tipo de comunicación.

Y estando las partes de acuerdo en lo expresado anteriormente, para constancia se firman 3 ejemplares de un mismo tenor. 

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